Residencia desde el país de origen
Planifica tu llegada a España con la seguridad de un proyecto migratorio sólido y documentado.
Gestión de visados y autorizaciones iniciales para quienes desean trasladarse a España con un proyecto de vida, inversión o trabajo profesional.
- Movilidad internacional (Ley de Emprendedores): Profesionales altamente cualificados, investigadores y teletrabajadores de carácter internacional (nómadas digitales).
- Residencia y trabajo inicial: Gestión de la contratación en origen (cuenta ajena) o proyectos de inversión propia (cuenta propia).
- Gestión colectiva (GECCO): Contrataciones masivas y programadas para sectores específicos.
Preguntas frecuentes sobre residencia desde el país de origen
¿Cuáles son los requisitos y el salario mínimo para la Visa de Nómada Digital? expand_more
Este permiso habilita a ciudadanos no comunitarios a residir en España teletrabajando para corporaciones radicadas en el extranjero.
Los requisitos técnicos innegociables para su aprobación contemplan:
Relación contractual previa: El trabajador debe llevar al menos tres meses prestando servicios para la empresa o clientes externos antes de tramitar la visa.
Cualificación profesional: Acreditar titulación universitaria, de formación profesional superior, o demostrar una experiencia laboral equivalente de al menos tres años en funciones análogas.
Solvencia económica (SMI 2026): El solicitante principal debe justificar ingresos mínimos correspondientes al 200% del SMI, basados en nóminas o facturaciones de los últimos tres meses.
Se añaden incrementos por familiares a cargo.
Seguro médico: Seguro de salud privado con cobertura total en España, anual, sin copagos ni periodos de carencia.
¿Qué es el visado de residencia no lucrativa y qué fondos exige? expand_more
Es un visado destinado a personas extranjeras que quieren residir en España sin desarrollar actividades laborales o profesionales.
No es un visado de trabajo ni está pensado para trasladarse a España y continuar trabajando a distancia. Si la intención es trabajar remotamente para una empresa extranjera, habría que estudiar otras autorizaciones, como la de teletrabajo de carácter internacional.
La autorización inicial tiene una duración de un año y se solicita desde el país de residencia.
En 2026 se deben demostrar las siguientes cantidades:
| Persona | Importe mensual | Importe para un año |
| Solicitante principal | 2.400 € | 28.800 € |
| Cada familiar adicional | 600 € | 7.200 € |
Estas cantidades corresponden al 400 % del IPREM para la persona principal y al 100 % para cada familiar.
Por ejemplo, una pareja necesitaría demostrar, como mínimo, 36.000 euros para un año. Una familia formada por dos personas adultas y un menor necesitaría 43.200 euros.
Los fondos pueden acreditarse mediante certificados bancarios, ahorros, pensiones, rentas, inversiones u otros recursos estables. Deben estar disponibles y permitir residir en España sin trabajar.
También se exige seguro médico, certificado de antecedentes penales y certificado médico. La regulación se recoge en la Hoja oficial de residencia temporal no lucrativa, y el Ministerio de Asuntos Exteriores confirma que el IPREM de 2026 es de 600 euros mensuales.
¿Puedo solicitar un visado de trabajo desde mi país de origen? expand_more
Sí, pero el procedimiento depende de si se va a trabajar para una empresa o por cuenta propia.
Trabajo para una empresa española
No suele ser suficiente con acudir al consulado y pedir directamente un visado de trabajo. Primero deben darse estos pasos:
1. Una empresa o persona empleadora en España ofrece un puesto y firma un contrato condicionado a la concesión de la autorización.
2. La empresa solicita en España la autorización inicial de residencia y trabajo.
3. Extranjería comprueba el contrato, la solvencia de la empresa y si la contratación está permitida por la situación nacional de empleo.
4. Cuando se concede la autorización, la persona trabajadora dispone normalmente de un mes para solicitar personalmente el visado en el consulado español correspondiente a su lugar de residencia.
5. Después de obtener el visado, puede entrar en España y debe formalizarse el alta en la Seguridad Social.
La situación nacional de empleo permite la contratación, entre otros supuestos, cuando la profesión figura en el catálogo de ocupaciones de difícil cobertura, la empresa demuestra que no encuentra candidaturas en España, existe una excepción legal o la persona tiene nacionalidad chilena o peruana.
El procedimiento se explica en la Hoja oficial de autorización inicial por cuenta ajena.
Trabajo por cuenta propia
Si se pretende abrir un negocio o ejercer como profesional autónomo, la persona extranjera puede iniciar personalmente el procedimiento en la Oficina Consular española de su lugar de residencia.
Deberá presentar, entre otros documentos:
* Proyecto o plan de actividad.
* Inversión prevista y medios para financiarla.
* Licencias o autorizaciones necesarias.
* Titulación, experiencia o cualificación profesional.
* Previsión sobre la viabilidad del proyecto y la posible creación de empleo.
Si la autorización es aprobada, se solicita y recoge el visado antes de viajar. Esta vía está descrita en la Hoja oficial de residencia y trabajo por cuenta propia.
En resumen, sí es posible obtener un visado de trabajo desde el país de origen o de residencia, pero debe existir previamente una contratación aprobada o un proyecto profesional que cumpla los requisitos legales.
No se concede únicamente por la intención de buscar trabajo al llegar a España.